¿Conoces todos los beneficios tributarios para tu Pyme?

 ¿Conoces todos los beneficios tributarios para tu Pyme?

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Desde marzo, el gobierno dispuso medidas que favorecen a las empresas más pequeñas, para sortear la crisis económica, entre ellas, las tributarias.

Sobre los apoyos tributarios en esta época de pandemia, la cual conllevó la restricción de la actividad económica, el profesional comenta: “Lo que se ha buscado es entregar una ayuda directa a las Pymes, ya sea dando posibilidades de pagar impuestos en cuotas o suspenderlos, de manera, que las obligaciones tributarias no sean un problema más a los que tienen, producto de la emergencia sanitaria que estamos viviendo”.

Detalla que los beneficios significaron “impuestos  diferidos. Es decir, se ha permitido pagar el IVA en 6 o 12 cuotas, según requisitos que establece la ley;  pagar las contribuciones de abril en 3 cuotas;  y condonaciones especiales en materia de impuestos, por parte de la Tesorería General de la República. También hubo suspensiones, se han entregado  opciones a ciertas empresas de no pagar el PPM y se estableció la exención de impuesto de timbre y estampillas. Igualmente, se entregaron recursos directos, mediante la devolución anticipada de impuestos a la renta y de la retención de las boletas de honorarios, correspondientes a enero y febrero de 2020”.

“Por otra parte, se amplió el plazo para elección de los regímenes tributarios,  de abril  a septiembre de 2020”, puntualiza.

Nuevos Apoyos

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El Congreso aprobó –el pasado 18 de agosto- postergar “la  emisión obligatoria de boletas electrónicas, para aquellos contribuyentes que ya son facturadores, a partir de enero del 2021”, precisa.

Respecto a las otras medidas que el Congreso también aprobó -quedando lista para su promulgación- sostiene que “son muy importantes ya que entregan ayuda directa en los flujos de la Pyme, ya sea anticipándolos o bien disminuyendo obligaciones, por lo que, estamos muy atentos a la espera que se publique esta ley”

Especifica que “se rebajará la tasa de impuesto a la renta de la Pyme de 25% a 10%, para los años 2020 al 2022. Igualmente,  se establece la devolución de remanente de IVA, asociado a compra de bienes y servicios lo que permitirá una ayuda muy importante para la obtención de nuevos recursos para la Pyme. Asimismo, la postergación del IVA aumentará a 3 meses, en la actualidad, son 2 meses”.

Además se establece apoyo económico para el rubro del transporte: “se incluyó una norma que faculta al Ministerio de Hacienda para transferir, por una sola vez, un bono de apoyo a microempresarios y conductores del transporte remunerado de pasajeros,  por un monto de 350 mil pesos, que podrá ser solicitado en un plazo de hasta 60 días, desde publicada esta ley en el Diario Oficial. También los microempresarios del sector de transporte podrán acceder a un préstamo estatal solidario, por un monto de 320 mil 500 pesos, que podrán solicitar dos veces entre el 1° de septiembre y el 31 de diciembre de 2020, y una vez adicional, durante el año 2021 y a partir del mes de marzo de dicho año”,  indica el texto del órgano legislador.

Francisco Toledo expresa que “por otra parte, empresas No Pyme podrán llevar a gasto, en forma inmediata, las compras de activos fijos desde el 1 de junio de este año hasta el 31 de diciembre del 2022”.

Ventajas de la Modernización Tributaria para la Pyme

Respecto a la modernización tributaria que se puso en marcha el año pasado, el profesional aclara que “de partida la nueva reforma tributaria se crea pensando en la Pyme.  Pero ahora se consideran Pyme a  aquellas empresas que, durante los años 2017, 2018 y 2019, en promedio tuvieron ingresos inferiores a 75.000 UF. Este nuevo régimen no aplica para empresas inmobiliarias que explotan inmuebles, arrendándolos así como tampoco para las sociedades de inversión”.

Indica que “desde el  2020, desde el punto de vista tributario, todo el inventario de la compañía que quede al 31 de diciembre, se deberá llevar a gasto. El activo fijo se depreciará en forma inmediata, no aplicando reglas de depreciación. Estos dos conceptos nuevos, no se permitían hasta el año anterior, excepto para el régimen 14 Ter”.

“En tanto, la tasa de PPM a contar del año 2020 será de 0,25% o 0,5% lo que en cuanto a flujos mensuales será más conveniente ahora”, acota.

Importancia de los Regímenes Pro Pyme General y Pro Pyme Transparente

“Hasta el año 2019, muchas Pymes se acogieron al régimen de renta atribuida, que significaba que los propietarios de la empresa deben tributar a todo evento por la utilidad de su compañía, independiente que la retiraran o no. En cambio, a contar del año 2020, el nuevo régimen Pro Pyme permitirá que solo tributen, cuando retiren efectivamente la utilidad”, dice.

Hasta el 30 de septiembre se amplió el plazo para optar a los regímenes tributarios. Dos de ellos son justamente al que Francisco Toledo se refiere: Pro Pyme General y Pro Pyme Transparente.

Manifiesta que “son muy importantes en esta nueva reforma tributaria, ya que en el régimen Pro Pyme General, la carga tributaria, tanto a la empresa como a sus socios, será más eficiente”.

“El ser catalogado como empresa Pro Pyme significa, en esta pandemia, acogerse a los principales beneficios tributarios, como la rebaja del impuesto a la renta de 25% a 10% por 3 años”, valora.

“Cuando los socios retiren las utilidades de la empresa, tributarán sus propietarios por las utilidades de la empresa, solo cuando sean percibidas por ellos y no como ocurría hasta el año 2019, con el régimen de renta atribuida, donde tributaban a todo evento por la utilidad, independiente que se la hayan llevado o no”, hace hincapié.

“Además, podrán acceder a mejoras en cuanto a depreciación, ya que se llevará a gasto en su totalidad, en forma inmediata, sus ingresos. Tributarán solo por lo efectivamente percibido, postergando así aquellas facturas que en el año no fueron cobradas, entre otros beneficios”, subraya.

“En tanto, para el régimen Pro Pyme Transparente, son similares los beneficios, con la salvedad que la tasa de impuesto a la renta de estas empresas será 0%. Pero los socios tributarán en forma inmediata a todo evento, por lo que, este régimen se recomienda a aquellos contribuyentes que la utilidad de la empresa, la retiran mayormente cada año”, aclara.

La importancia de aprender y de formalizarse

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Esta pandemia mostró la realidad de muchos emprendedores y microempresas que operan sin pagar impuestos. Consultado sobre esta situación, Francisco Toledo argumenta que “es muy importante formalizar el negocio, porque esto genera que su emprendimiento deje registros de operaciones. Esto da acceso tanto a la empresa, como a sus propietarios, a poder postular a subsidios, como está ocurriendo ahora en esta emergencia sanitaria. Además de  poder optar a créditos bancarios, al dar historial comercial de la empresa. Un negocio que se proyecta a largo plazo, es muy importante que tenga un cumplimiento contable y tributario correcto”.

Cierra recomendando también a los dueños y dueñas de Pymes estar siempre atentos a las materias tributarias: “es muy crucial informarse y actualizarse sobre la normativa, a través de la misma plataforma gratuita del SII. También exigir a sus contadores la entrega de los balances mensuales, para las evaluaciones y  la toma de decisiones  que correspondan”.

Más información en https://ft-auditores.cl/

Por PROPYME

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