Cuáles son las empresas de servicios que deberán pagar IVA desde ahora
- Desde este 1° de enero entró en vigencia la Ley 21.420 sobre Exenciones Tributarias, la cual, dentro de sus puntos establece que algunas empresas de servicios deberán empezar a pagar IVA en sus impuestos mensuales.
En los últimos años se han implementado diversas modificaciones tributarias, una de ellas tiene que ver con la Ley 21.420 que comenzó a regir desde el 1° de enero y contempla la incorporación del cobro del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que desde ahora las empresas de servicios deberán pagar mensualmente en sus impuestos.
En torno a esta novedad existen muchas interrogantes, partiendo por cuáles son aquellas empresas de servicios que deberán pagar IVA y cuáles aún seguirán exentas de esta nueva obligación. Por eso, para Nubox es importante compartir información que aclare a emprendedores y dueños de pymes las principales dudas que se presentan.
Las sociedades que deben pagar IVA son los servicios asociados a las actividades y las rentas de la industria, comercio, minería y de la explotación de riquezas del mar y demás actividades extractivas. Asimismo, las compañías aéreas, de seguros, financieras, entidades bancarias, administradoras de fondos, sociedades de inversión, periodísticas, publicitarias, y otras relacionadas con la construcción, medios de comunicación, datos y telecomunicaciones.
Por otro lado, los servicios que quedarán exentos son el transporte de pasajeros, educación y servicio de salud ambulatorio. Sin embargo, existen algunos requisitos que deben cumplir estas sociedades para no pagar, como es estar conformadas solo por personas naturales, los socios deben desarrollar actividades o servicios profesionales y estos deben ejercer la misma profesión de la sociedad o alguna similar.
En el caso de cumplir con los requisitos anteriormente mencionados, las sociedades deben completar una declaración jurada que se encuentra en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) para ser registrada como Sociedad de Profesionales, documento que se debe adjuntar cuando el contador o representante de la empresa envía la petición administrativa, la cual está disponible desde el 1° de enero y hasta el 30 de junio de 2023 en sii.cl, y que les permitirá registrarse debidamente quedando exentas de IVA.
Según el Colegio de Contadores de Chile, esta nueva Ley complicaría la situación de más de 156.356 empresas, principalmente pymes que emplean a más de 600 mil personas, ya que de acuerdo con datos de la última Operación Renta estas sociedades no podrán traspasar la totalidad del impuesto a su precio final.
Por su parte, Carolina Samsing, CEO de Nubox, empresa de tecnología que ayuda a las pymes a automatizar gestiones administrativas, comentó que “es importante que los dueños de negocio conozcan los detalles de esta nueva ley, se informen bien con el apoyo de su contador y evalúen el impacto que puede tener en su empresa el hecho de que ahora efectivamente estén obligados a pagar el IVA. Aunque es una medida que se anunció con anticipación, todavía pueden quedar muchas dudas, es por eso que los invitamos a aclararlas con los artículos relacionados que hemos publicado en nuestro blog: https://blog.nubox.com/”.