Sanción a Gerente de Cencosud por Uso de Información Privilegiada

 Sanción a Gerente de Cencosud por Uso de Información Privilegiada
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El Consejo de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) ha impuesto una sanción al Gerente General de Cencosud, Matías Videla, por el uso de información privilegiada en la adquisición de 613.026 acciones del holding de retail, por un total de $799.998.502 (sin IVA), en mayo de 2022. La multa asciende a UF 15.000, equivalente a $543.035.250 aproximadamente, y los antecedentes serán remitidos al Ministerio Público.

Matías Videla Solá adquirió acciones de Cencosud en mayo de 2022, usando información privilegiada

De acuerdo con la Resolución N°7222 de la CMF, el sancionado infringió la prohibición de adquirir valores haciendo uso de información privilegiada, contemplada en el artículo 165 de la Ley de Mercado de Valores.

Cencosud y la Operación en Cuestión

La CMF detalló que a través de un hecho reservado del 3 de febrero de 2022, Cencosud S.A., representada por Matías Videla, informó a la CMF que, por medio de su filial de Cencosud Brasil, procedería a suscribir un Memorandum of Understanding para el análisis y eventual adquisición de la sociedad Torre y Cía. Supermercados S.A., propietaria de una parte de la cadena de supermercados “Supermarket” de Río de Janeiro. Se solicitó mantener reserva de dicha información durante 60 días, mientras se realizaba el proceso de due diligence.

El Uso de Información Privilegiada y la Multa Impuesta

Sin embargo, con fecha 13 de mayo de 2022, es decir, tres días después de solicitar la reserva de la información, Videla adquirió un paquete de acciones de Cencosud durante el periodo en que la información mantenía el carácter de privilegiada.

Para poder realizar la operación, el sancionado requirió financiamiento a Santander Corredores de Bolsa Ltda. Con fecha 17 de mayo de 2022, la compra de acciones Cencosud fue financiada a través de una operación simultánea, y mediante hecho reservado del 14 de julio de 2022, Cencosud informó a la CMF que las negociaciones habían cesado, concluyendo la reserva mencionada.

Conclusión y Consecuencias Legales

Según la resolución de la CMF, Videla no tenía habitualidad en las operaciones mencionadas, lo que implicó que se apartara de sus patrones de inversión al comprar acciones Cencosud, considerando la oportunidad, riesgo, materialidad y magnitud de la operación reprochada.

La resolución señala que Matías Videla hizo uso de información privilegiada al adquirir acciones Cencosud durante el periodo en que la información mantenía el carácter de privilegiada, infringiendo de ese modo la prohibición de uso contenida en el artículo 165 inciso 1° de la misma ley. Esto constituye una conducta grave, pues de esa forma obtuvo una ventaja indebida sobre lo demás actores en el mercado, afirmó la CMF.

Protección de la Igualdad de Oportunidades y Acceso a la Información

La prohibición de uso de información privilegiada busca impedir que una persona se aproveche indebidamente de su relación o posición con un emisor de valores, sirviéndose ilegítimamente de dicha clase de información. Esto con el fin de proteger la igualdad de oportunidades y acceso a la información entre los agentes que operan en el mercado.

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